Las condiciones de una supuesta «guerra justa» son objeto de un consenso filosófico muy generalizado desde hace años. Se trata de principios de ‘conflictividad mínima’, es decir, sobre los que existe un acuerdo amplísimo, que no se pueden contravenir, por lo menos teóricamente, sin caer en graves contradicciones o sin que quien las contravenga muestre una naturaleza repulsiva e inhumana. Otra cosa, y muy distinta, es si jamás se han dado realmente dichas condiciones, es decir, si jamás hubo alguna guerra que pueda ser considerada ‘justa’ en toda la extensión de la palabra.
La guerra justa en la época clásica se planteaba en relación a las condiciones ‘antes’ y ‘durante’ la contienda. Hoy se añaden además una serie de condiciones que, en la postguerra, deben complementar la justicia de la guerra, un «ius post bellum», que haga posible la transición hacia una paz no armada y ponga las bases de la reconciliación. Desde el trabajo colectivo de franciscanos, dominicos y, finalmente, jesuitas en las escuelas tardomedievales y barrocas, sobre los principios que rigen la supuesta «guerra justa», hasta los tribunales internacionales más recientes se han producido muy pocas variaciones en la casuística sobre el tema. Las condiciones exigidas a una «guerra justa», expresadas en éstos u otros términos, son en líneas generales las siguientes:
1.- «Último recurso»: debe hacerse toda clase de esfuerzos antes de llegar al uso de la fuerza. Eso implica negociaciones, métodos alternativos no violentos, etc.
2.- «Autoridad legítima»: excepto en caso de una revolución popular (que de hecho instaura un nuevo orden por vía de hecho), sólo un gobierno legítimo, democráticamente establecido y arropado por un consenso social amplio, puede declarar la guerra.
3.- «Causa justa»: que básicamente se resume en cuatro argumentos:
(a) legítima defensa, cuando un país es atacado por enemigos externos (conviene tener en cuenta que ningún compatriota es jamás un ‘enemigo’),
(b) guerra disuasiva, cuando es urgente parar una amenaza cierta para la vida y la libertad, en un peligro inminente,
(c) guerra preventiva, cuando el peligro no es inminente pero si es cierto –este tipo de guerra era aceptada por los clásicos y se invocó en la supuesta ‘guerra contra el terrorismo de Bush II, pero hoy resulta inaceptable para la mayoría de teóricos,
(d) intervención en defensa de los derechos humanos, cuando un Estado los viola sistemáticamente o no está en condiciones de proteger a sus ciudadanos de la violación. A veces este tipo de guerras se denominan ‘preventivas’ o ‘humanitarias’, pero este argumento tiende a ser retórico, pues primero convendría saber si cada estado protege los derechos humanos en su propio territorio, con sus propias minorías. Eso llevaría a un debate (seguramente estéril), sobre si la manera de comprender los derechos humanos es universal o sólo se trata de generalizaciones a partir de la historia europea.
4.- «Intención recta», ello significa que, primariamente, se excluye hacer negocios ‘patrióticos’ con la guerra. Como es obvio, la venganza o el sadismo nada tienen que ver con la intención recta. En cambio, detener un genocidio es claramente una intención recta. Los defensores de la ‘causa justa’ en las guerras preventivas se refieren muchas veces a la intención recta.
5.- «Posibilidad real de éxito», es decir, que no sea un absoluto matadero; una guerra sólo puede ser justa cuando no se convierte en una carnicería de jóvenes (ordenada por ancianos), de débiles (ordenada por fuertes), o de pobres (ordenada por ricos). Si alguien promueve una guerra destinada al fracaso `para que la historia nos absuelva’, es claramente un inmoral, porque niega el presente realmente existente en nombre de un futuro que sólo es hipotético.
6.- «Fin justo», el único fin justo de una guerra es la paz, no la perpetuación eterna de la contienda. Las guerra infinitas, como la supuesta ‘guerra contra el terrorismo’ que según Bush II y los ‘mariachis neoconservadores’ debía durar un par de generaciones, constituyen una inmoralidad y sus promotores deberían ser juzgados y castigados en proporción al mal causado.
7.- «Proporcionalidad», es decir, en una escala apropiada al mal sufrido; jamás se debe usar una violencia innecesaria.
8.- «Mínima cantidad de víctimas», es decir, sin un derramamiento de sangre desproporcionado, con especial cuidado en minimizar el dolor de los no-combatientes.
9.- «Métodos adecuados», es decir, sin maximizar el dolor, ni provocar muertes ajenas o objetivos militares o sólo con objetivo de producir terror a enemigo.
10.- «Discriminación entre combatientes y no-combatientes», el civil y el no combatiente debe disponer de especial protección. Ningún individuo desarmado puede ser tratado como combatiente y las mujeres, niños y ancianos deben merecer exquisito respeto.
11.- «Exclusión de objetivos», las ciudades, monumentos, escuelas u universidades, sitios históricos, lugares sagrados, cementerios, etc., deben ser excluidos como objetivos militares. Lo mismo sucede con los hábitats naturales de especial valor ambiental y las especies animales protegidas.
12.- «Trato humano a los prisioneros», los prisioneros no deben ser sometido a tratos degradantes o torturas, ni privados de comida o de cuidado médico. Bajo ninguna circunstancia de los puede usar para mantener el esfuerzo bélico y, en la medida de lo posible, se les garantizará contacto con sus familias por carta u otros medios.
13.- «Prohibición del castigo colectivo e indiscriminado», ningún pueblo es ‘culpable colectivo’ de una guerra, toda responsabilidad por actos de guerra es siempre personal.
14.- «Establecimiento de un Tribunal Penal», de manera que todo castigo con posterioridad a la guerra debe ser justificado jurídicamente con claridad para no dar lugar a la venganza.
15.- «Establecimiento de un régimen justo en la postguerra», de tal manera el primer esfuerzo de todo gobierno surgido tras de una guerra –después de rendir honores a los muertos–, debe centrarse en establecer una política que haga posible la reconciliación a medio plazo de los antiguos enemigos. Supuesto que un muerto no puede resucitar, toda política que use el recurso retórico a los héroes muertos para impedir la continuación de la vida debe ser recusada como inmoral y sus promotores deben ser considerados culpables de incitación a la venganza. Como diría Rawls en su TEORÍA DE LA JUSTICIA, el objeto de la guerra es la paz justa.